por el presidente Boyd K. Packer, Presidente en Funciones del Quórum de los Doce.
Debido a que los élderes no pueden recibir la plenitud de las bendiciones del sacerdocio sin las hermanas, se ha pensado que ellas también se podrían beneficiar con estos pasajes de un discurso que el élder Packer dio en una sesión de capacitación de las Autoridades Generales en la conferencia general de abril de 1992.
Menos de un año después de la organización de la Iglesia, el profeta José Smith recibió una revelación que decía:
"Escuchad, oh élderes de mi iglesia a quienes he llamado; he aquí, os doy el mandamiento de congregaros para que os pongáis de acuerdo en cuanto a mi palabra; y por vuestra oración de fe recibiréis mi ley para que sepáis cómo gobernar mi iglesia y poner todas las cosas en orden delante de mí" (DyC 41:2-3).
Hay ciertas cosas acerca del sacerdocio que todo élder debe saber a fin de comprender cómo se gobierna la Iglesia para poner todas las cosas en orden ante el Señor. Existen principios, preceptos y leyes que frecuentemente se pasan por alto y que rara vez se enseñan. Algunos de esos principios se encuentran en las Escrituras, otros en los manuales y algunos de ellos en ninguna de las dos partes; pero sí se encuentran en la Iglesia. Ustedes pueden llamarlos tradiciones, pero son más que eso; son revelaciones que se recibieron cuando las Autoridades Generales pasadas se reunían y se ponían de acuerdo en cuanto a la palabra de Dios y ofrecían oraciones con fe.
El Señor entonces les mostraba lo que debían hacer y recibían, por medio de la revelación, "línea sobre línea, precepto tras precepto" los principios verdaderos que constituyen la manera de administrar el sacerdocio (véase Isaías 28: 13; 2° Nefi 28:30; DyC 98:12). Esta es la forma en que actuamos para poner las cosas en orden delante el Señor.
EL SACERDOCIO
El sacerdocio es la autoridad y el poder que Dios ha concedido al hombre sobre la tierra para actuar en Su nombre (véase TJS Génesis 14:28-31). Cuando ejercemos la autoridad del sacerdocio en forma apropiada hacemos lo que Él haría si estuviera presente.
EL SACERDOCIO DE MELQUISEDEC O EL SACERDOCIO MAYOR
En la Iglesia hay dos sacerdocios, a saber, el Sacerdocio de Melquisedec y el Sacerdocio Aarónico, que incluye el Sacerdocio Levítico. Al primero se le llama Sacerdocio de Melquisedec porque Melquisedec fue un gran sumo sacerdote:
"Antes de su época se llamaba el Santo Sacerdocio según el Orden del Hijo de Dios" (DyC 107:1-3).
En las Escrituras se habla del Sacerdocio de Melquisedec como el "sacerdocio mayor" o el sacerdocio "según el orden más santo de Dios" (DyC 84:18-19) y el sacerdocio "según el orden de mi Unigénito Hijo" (DyC 124:123; véase también DyC 76:57).
"Mas por respeto o reverencia al nombre del Ser Supremo, para evitar la demasiado frecuente repetición de su nombre, la iglesia en los días antiguos dio a ese sacerdocio el nombre de Melquisedec, o sea, el Sacerdocio de Melquisedec" (DyC 107:4). Es obvio por qué debe ser así. El nombre del sacerdocio se menciona con frecuencia en las reuniones y lecciones y aparece impreso en manuales. Sería por lo tanto irreverente utilizar con demasiada frecuencia ese sagrado título que lleva el nombre de Dios.
Melquisedec, el gran sumo sacerdote, se identifica en las Escrituras como el "rey de Salem", o como diríamos hoy día, Jerusalén (Génesis 14:18; Alma 13:17-18).
"Y fue este mismo Melquisedec a quien Abraham pagó diezmos" (Alma 13:15; véase también Génesis 14:20).
También se hace referencia en las Escrituras a un sacerdocio patriarcal, sin embargo, este orden patriarcal no es un tercer sacerdocio (véase DyC 84:6-17; 107:40-57). Todo lo que se relaciona con el orden patriarcal está incluido en el Sacerdocio de Melquisedec. "Todas las otras autoridades u oficios de la iglesia son dependencias de este sacerdocio [de Melquisedec]" (DyC:107:5).
El orden patriarcal es el aspecto del Sacerdocio de Melquisedec que permite a hombres investidos y dignos presidir sobre su posteridad por esta vida y la eternidad.
EL SACERDOCIO AARÓNICO O MENOR
"El segundo sacerdocio es llamado el Sacerdocio de .Aarón, porque se confirió a Aarón y a su descendencia... Se llama el sacerdocio menor porque es una dependencia del mayor, o sea, el Sacerdocio de Melquisedec y tiene el poder para administrar las ordenanzas exteriores"
(DyC 107:13-14).
Se le llama a veces el sacerdocio preparatorio porque prepara a los varones para recibir el sacerdocio mayor. El Sacerdocio Levítico (véase Hebreos 7:11; DyC 107:6, 10) es un orden o una parte del Sacerdocio Aarónico. Moisés y Aarón pertenecían a la tribu de Leví (véase Éxodo 2:1-2, 10; 4:14). Durante el éxodo de Egipto, a los levitas se les dieron responsabilidades sacerdotales concernientes al tabernáculo y siempre acampaban cerca de él (véase Números 3:5-39).
Aunque el orden levítico no ejerce sus funciones en la actualidad, los privilegios y la autoridad propios de este orden se encuentran incluidos en el Sacerdocio Aarónico para cualquier uso futuro que el Señor le indique.
LAS LLAVES DEL SACERDOCIO
Existen llaves del sacerdocio. A pesar de que la palabra llave también equivale a clave, como por ejemplo en las frases "la llave de la sabiduría" o "la llave del conocimiento", las llaves del sacerdocio son el derecho de presidir y dirigir los asuntos de la Iglesia dentro de una jurisdicción.
Todas las llaves del sacerdocio están dentro de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y no hay ninguna llave en la tierra que la Iglesia no posea.
LOS APÓSTOLES
Todos los hombres que son ordenados apóstoles y sostenidos como miembros del Quórum de los Doce Apóstoles poseen todas las llaves del sacerdocio, las que les han sido conferidas (véase DyC 27:13; 110:11-16; 112:30)
El Presidente de la Iglesia es la única persona en la tierra que posee el derecho de ejercer todas las llaves en su plenitud (véase DyC 132:7) Él recibe esta autoridad al ser apartado por los Doce Apóstoles.
"El poder y la autoridad del sacerdocio mayor, o sea, el de Melquisedec, consisten en tener las llaves de todas las bendiciones espirituales de la Iglesia...
"El poder y la autoridad del sacerdocio menor, o sea, el de Aarón, consisten en poseer las llaves del ministerio de ángeles y en administrar las ordenanzas exteriores, la letra del evangelio, el bautismo de arrepentimiento para la remisión de pecados, de acuerdo con los convenios y los mandamientos" (DyC 107:18,20).
Las llaves se le confieren a un hombre cuando se le aparta como presidente, como por ejemplo, presidente de una estaca, de un quórum o como obispo. Los consejeros no reciben ninguna llave.
EL SACERDOCIO NO ES DIVISIBLE
El sacerdocio es mayor que cualquiera de sus oficios. Cuando alguien recibe por primera vez el Sacerdocio Aarónico o de Melquisedec, se le confiere por medio de la imposición de manos. Luego que se le ha conferido el sacerdocio, es ordenado a un oficio dentro del mismo. Todos los oficios derivan su autoridad del sacerdocio.
El sacerdocio no puede dividirse. Un élder posee tanto sacerdocio como un apóstol (véase DyC 20:38). Cuando un hombre recibe el sacerdocio, lo recibe en su totalidad o plenamente. Sin embargo, dentro del sacerdocio hay oficios: divisiones de autoridad y responsabilidad. Un varón debe ejercer su sacerdocio de acuerdo con los derechos del oficio para el cual haya sido ordenado o apartado.
"El Sacerdocio de Melquisedec posee el derecho de presidir, y tiene poder y autoridad sobre todos los oficios en la iglesia en todas las edades del mundo, para administrar en las cosas espirituales"
(DyC 107:8).
Quien posea el Sacerdocio de Melquisedec o el sacerdocio mayor posee también toda la autoridad del Sacerdocio Aarónico o menor.
LOS OFICIOS EN EL SACERDOCIO AARÓNICO QUE REQUIEREN ORDENACIÓN
Los oficios en el Sacerdocio Aarónico que requieren ordenación son:
Diácono
Maestro
Presbítero
Obispo
El Obispo es el presidente del Sacerdocio Aarónico. Él posee las llaves que se le confirieron cuando fue ordenado, pero delega responsabilidades a sus consejeros. Los tres forman el obispado, que es una presidencia (véase DyC 107: 15-17).
LOS OFICIOS EN EL SACERDOCIO DE MELQUISEDEC QUE REQUIEREN ORDENACIÓN
Los oficios en el Sacerdocio de Melquisedec que requieren ordenación son:
Élder
Sumo sacerdote
Patriarca
Setenta
Apóstol
Aparte de indicar un oficio específico dentro del Sacerdocio de Melquisedec que requiere ordenación, el título de "élder" se utiliza para identificar a cualquiera que posea el sacerdocio mayor.
Por consiguiente, a los setenta y a los apóstoles se les puede llamar "élderes" (véase DyC 20:38).
Mientras que a todos los que se les ha conferido el Sacerdocio de Melquisedec reciben el sacerdocio en su plenitud, algunas veces tenemos la tendencia de considerar un oficio como "mayor" o "menor" que otro. En lugar de ser oficios de mayor o menor importancia en el Sacerdocio de Melquisedec, éstos representan diferentes aspectos de servicio.
No obstante, los derechos, los privilegios y la autoridad aumentan con cada oficio subsiguiente. Por ejemplo, se considera que los oficios de maestro y de presbítero son mayores que el oficio de diácono porque un presbítero puede efectuar cualquier deber asignado a los maestros o diáconos: puede repartir la Santa Cena, un deber asignado por lo general a los diáconos. Pero, por otro lado, un diácono no puede bendecir la Santa Cena ni efectuar bautismos, porque son deberes asignados a los presbíteros.
Un élder puede efectuar cualquier deber asignado a todos los oficios dentro del Sacerdocio Aarónico, pero no puede asumir ciertas responsabilidades que pertenecen al oficio de sumo sacerdote. Estos principios del gobierno del sacerdocio se establecieron mediante revelación y no cambian.
LOS QUÓRUMES
En la dispensación del cumplimiento de los tiempos, el Señor mandó que el sacerdocio debía ser organizado en quórumes, lo cual significa asambleas selectas de hermanos a quienes se les ha dado la autoridad para que se hagan responsables de que los asuntos de Su Iglesia se lleven a cabo y Su obra siga adelante.
Un quórum es una hermandad. Con excepción de los oficios de obispo y de patriarca, los varones ordenados a los oficios del sacerdocio están organizados en quórumes. A pesar de que a un poseedor del sacerdocio se le puede llamar y apartar para desempeñar asignaciones eclesiásticas y también se le puede relevar de ellas, su condición de miembro en el quórum al cual pertenece permanece inalterable.
El ser parte de la organización de su quórum es el derecho de quien ha sido ordenado a un oficio dentro del sacerdocio y el poseer el sacerdocio, incluso el asistir como miembro a su quórum, debe considerarse como un privilegio sagrado.
Los quórumes del Sacerdocio de Melquisedec son:
La Primera Presidencia.
El Quórum de los Doce.
Los quórumes de los Setenta.
Los quórumes de los sumos sacerdotes.
Los quórumes de élderes.
Los quórumes del Sacerdocio Aarónico son:
Los quórumes de presbíteros.
Los quórumes de maestros.
Los quórumes de diáconos.
Todo quórum es presidido por un presidente o por una presidencia. Al Quórum de los Doce lo preside un presidente, el Presidente de los Doce (véase DyC 124:127), de la misma forma que al quórum de presbíteros lo preside el obispo (véase DyC 107:87-88).
A los quórumes de los setentas los presiden siete presidentes (véase DyC 107:93) A todos los demás quórumes los preside una presidencia formada por un presidente, un primer consejero y un segundo consejero.
EL JURAMENTO y CONVENIO DEL SACERDOCIO
Existe un juramento y un convenio del sacerdocio. El convenio es hecho por el hombre y el juramento por Dios. El Sacerdocio de Melquisedec se recibe por medio de un convenio. Un hombre hace convenio con Dios de ser fiel y magnificar sus llamamientos en el sacerdocio de estar atento a las palabras de vida eterna, y vivir de toda palabra que sale de la boca de Dios (véase DyC 84:33, 43, 44)
Por su parte, Dios declara con un juramento eterno que todo varón que recibe el sacerdocio y obedece los convenios correspondientes a ese sacerdocio recibirá todo lo que el Padre tiene (véase O. y C. 84:38).
"Y esto va de acuerdo con el juramento y el convenio que corresponden a este sacerdocio.
Así que, todos los que reciben el sacerdocio reciben este juramento y convenio de mi Padre, que él no puede quebrantar, ni tampoco puede ser traspasado" (DyC 84:39-40) .
ORDENACIONES y APARTAMIENTOS
Hay dos formas en que se confiere autoridad en la Iglesia: por medio de la ordenación y el apartamiento. Los oficios dentro del sacerdocio: diácono, maestro, presbítero, Élder, sumo sacerdote, patriarca, setenta y apóstol se reciben siempre por medio de una ordenación. Las llaves de la presidencia y la autoridad para actuar en llamamientos dentro del sacerdocio se reciben al ser apartados.
Por ejemplo, el oficio de élder en el Sacerdocio de Melquisedec es un oficio que requiere ordenación, pero en cambio, para recibir el oficio de presidente de un quórum de élderes, un hombre debe ser apartado en lugar de ordenado, En ambos casos, recibe una bendición para que lo ayude mientras desempeñe el servicio en el cargo o en el oficio para el cual ha sido ordenado o apartado.
Hay muchos llamamientos o cargos para los cuales es necesario ser apartado dentro de la Iglesia, tanto en el sacerdocio como en las organizaciones auxiliares, Algunos deberes son inherentes del sacerdocio no es necesario ser apartado para llevarlos a cabo. Visitar las casas de los miembros (orientación familiar) es un ejemplo.
Debido a que a las mujeres no se las ordena al sacerdocio, cuando las hermanas son apartadas para servir en un cargo, incluso para el llamamiento de presidenta de una organización auxiliar, reciben la autoridad, la responsabilidad y las bendiciones relacionadas con ese oficio, pero no reciben ninguna llave.
LÍMITES DE LA AUTORIDAD
Por lo general, los privilegios relacionados con una ordenación en el sacerdocio pueden ejercerse en cualquier parte dentro de la Iglesia. Los poseedores del sacerdocio no necesitan autorización previa para efectuar ordenanzas o bendiciones que no se asientan en los registros de la Iglesia, tales como la consagración de aceite, la administración a los enfermos y las bendiciones de padre.
El sacerdocio es regido siempre por quienes poseen las llaves, y una ordenanza debe ser autorizada por la autoridad presidente que posee las llaves y el sacerdocio pertinentes, si esa ordenanza, en cambio, va a ser asentada en los registros de la Iglesia.
La autoridad pertinente a un oficio para el cual un varón haya sido apartado tiene sus límites, entre los cuales se incluyen los límites geográficos. La autoridad de un hombre que ha sido apartado como presidente de estaca sólo rige dentro de los límites que demarcan esa estaca. Él no es el presidente de estaca de los miembros de una estaca vecina, ni un obispo lo es de otros miembros que no pertenezcan a su barrio. Cuando a un hombre se le ordena como obispo, se le aparta para presidir sobre un barrio específico y no tiene autoridad fuera de sus límites. Cuando este hombre es relevado como obispo de ese barrio, sigue poseyendo la ordenación al oficio de obispo, pero no puede prestar servicio como tal si no es apartado nuevamente para presidir un barrio.
Cuando un patriarca es ordenado, es apartado para dar bendiciones a los miembros de su estaca o a quienes van a ella con una recomendación extendida por la autoridad pertinente de una estaca donde no haya patriarca. Esos principios del gobierno del sacerdocio se han establecido por medio de revelaciones.
LA EDAD EN LA QUE POR LO GENERAL SE LLAMA A UN VARÓN A INTEGRAR UN OFICIO DEL SACERDOCIO
A fin de que haya un orden de avance dentro del sacerdocio, se ha establecido una edad mínima para recibir el sacerdocio y para la ordenación a cada oficio dentro del mismo.
A un joven de doce años o mayor se le confiere el Sacerdocio Aarónico y se le ordena al oficio de diácono. El joven pasa entonces a integrar un quórum compuesto por un máximo de doce diáconos (véase DyC 107:85). Cuando cumple 14 años, se le puede ordenar al oficio de maestro y pasa a integrar un quórum compuesto por un máximo de veinticuatro maestros (véase DyC 107:86).
Cuando cumple los 16 años, puede ser ordenado presbítero e integrar un quórum compuesto por un máximo de cuarenta y ocho presbíteros (véase DyC 107:87). Cuando tiene 18 años o más, se le puede conferir el Sacerdocio de Melquisedec y ser ordenado élder y pasar entonces a integrar un quórum compuesto por un máximo de noventa y seis élderes.
Las revelaciones especifican que "el deber del presidente del oficio de los élderes es presidir a noventa y seis élderes, sentarse en concilio con ellos y enseñarles de acuerdo con los convenios" (DyC 107:89). Los sumos sacerdotes no tienen que tener una edad específica ni tampoco debe haber un número determinado de sumos sacerdotes en un quórum. Los sumos sacerdotes están organizados en grupos y dirigidos por líderes de grupo. La presidencia de estaca es la presidencia del quórum de sumos sacerdotes de la estaca.
LLAMAMIENTOS A UN OFICIO
En la Iglesia no asumimos una autoridad que sólo se recibe por medio de una ordenación o cuando se nos aparta para un oficio o llamamiento. Tenemos que ser llamados a una posición y tenemos que ser sostenidos, y ser ordenados o apartados para recibir autoridad. El quinto Artículo de Fe dice: "Creemos que el hombre debe ser llamado por Dios, por profecía la imposición de manos, por aquellos que tienen la autoridad, a fin de que pueda predicar el evangelio y administrar sus ordenanzas" (Artículos de Fe 1:5).
Todo élder debe saber que un llamamiento es más que una invitación o un pedido, incluso mucho más que una asignación. Con demasiada frecuencia escuchamos decir: "Se me ha pedido que preste servicio como consejero en la presidencia del quórum de élderes"; cuando lo más apropiado sería decir: "Se me ha llamado para prestar servicio como consejero".
No nos llamamos a nosotros mismos a un oficio o cargo dentro de la Iglesia, sino que respondemos al llamamiento de quienes presiden sobre nosotros. Es responsabilidad de quienes presiden consultar por medio de la oración para saber cuál es Su voluntad concerniente a un cargo dentro de la Iglesia. Es entonces cuando se pone de manifiesto el principio de la revelación, y el oficial presidente, quien actúa en nombre del Señor, efectúa el llamamiento.
Bajo circunstancias normales, no debemos rechazar un llamamiento ni pedir que nos releven; lo más que podemos hacer es explicar al oficial que preside las circunstancias que podrían hacer necesario el relevo.
Cuando nos dirigimos a quienes han sido llamados a presidir por el título de su oficio, tales como el de obispo o presidente, brindamos dignidad a ese oficio; le recordamos a quien lo posee su sagrada responsabilidad y hace que nosotros también recordemos la obligación que tenemos de seguir su consejo y de apoyarlo en su llamamiento.